Lanús, 9 de marzo de 2022
Señores: La Web del Municipal de Lanús
JUNTA ELECTORAL
PARTIDO JUSTICIALISTA DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S / D:
Me dirijo a Uds. En mi carácter de Pre Candidato a Presidente del Partido del Distrito Lanús y Congresal Provincial a fin de responder y recurrir la Resolución N°10 de la Junta Electoral para que imponga un criterio distinto al adoptado con respecto a mi candidatura, por contrario imperio, fundado en las razones de hecho, políticas y de derecho que seguidamente expondré:
1)Los Considerandos de la Resolución que ahora se objeta contiene un sinnúmero de inexactitudes y agravios hacia mi persona que no podría soslayar sin ejercer el derecho a la defensa que la Constitución Nacional consagra. El párrafo cuarto de la citada disposición dice textualmente que: “ los nombrados militan y participan en otra agrupación política en la que no se encuentra el Partido Justicialista”.
Nada
más alejado de la realidad –y el candidato de la lista opositora lo sabe- por
cuanto todos los impugnados no dejamos ni hemos dejado de militar en el Partido
Justicialista de Lanús, hemos organizado y participado de los actos
fundacionales del Justicialismo como son el día de la Lealtad (17 de octubre),
el día de la Militancia (17 de noviembre), el Cumpleaños de nuestro inmortal
líder Gral. Juan Domingo Perón (8 de octubre), del nacimiento de nuestra
compañera Eva Perón (7 de mayo) el de su fallecimiento y el del fallecimiento
del General Perón, etc. Se mencionan algunas fechas porque muchos jóvenes
militantes las desconocen y es bueno indicarlas. Más allá de esto y con la
convicción de que el peronismo se milita y no se declama solamente es que pongo
de manifiesto que JAMÁS he dejado de ser y seré Justicialista y Peronista
desde lo más profundo de mi corazón y sin perjuicio de los cargos y honores que
haya ostentado en el presente y en el pasado. La acusación de no militar en el
Partido Justicialista denigra a quien recibe la sola mención. O la Sra. Vice
Presidenta de la República Argentina, Dra. Cristina Fernández de
Kirchner, dejó de ser Justicialista cuando se presentó a Candidata a
Senadora Nacional por la Agrupación Unidad Ciudadana contra el Partido
Justicialista que oponía como candidato al Compañero Florencio Randazzo en el
año 2017??????
2) Por otra parte, se menciona en el Considerando en
el párrafo siguiente que: “Que, el artículo 4 de la carta orgánica partidaria
establece que no podrán ser afiliados y, en caso de serlo, perderán su
condición de tales los que se desempeñen en actividades oficiales o públicas en
forma incompatible con los intereses y objetivos del Movimiento Nacional
Justicialista (inciso d) y los que incurrieran en actos de notoria deslealtad o
inconducta partidaria o cívica (inciso e);”. Cabe preguntarse, abiertamente,
cuál es la inconducta??? Cuántos compañeros participan de otros espacios
políticos en todo el país, ya sea en alianza o sólos, con otras opiniones políticas
y no por eso han dejado de ser Justicialistas y Peronistas?? Lo que ocurre es
que la impugnación no tiene el fundamento que se indica sino otro mucho más
evidente y claro. Nace del temor del candidato oficialista de perder la
elección del distrito de Lanús por cuanto su grado de desconocimiento en el
lugar de militancia es tan alto que nunca pudo ganarle al actual oficialismo
desde el año 2015. No porque el oficialismo sea bueno, sino porque su figura no
representa al verdadero peronismo de Lanús.
3) El párrafo
cuarto es el más agraviante de todos. Textualmente dice: “Que esta Junta no
puede permitir la participación, en su vida interna, de aquellos que han
incurrido en violaciones a los principios esenciales de la doctrina
justicialista (artículo citado, inciso c) como es la circunstancia de activar
en política en otra fuerza, máxime siendo portadora de ideas antagónicas a las
sostenidas en la doctrina que nos une;” . A qué principios alude que se han
violado??? Los principios establecidos en la doctrina justicialista los he
mantenido incólumes hasta el presente y NUNCA ABDICARÉ de ellos. Lo único que
se pretendió ha sido participar en una justa electoral que esperábamos fuera
impecable y nada obsta que tenga cargos electivos porque el pueblo de Lanús
sabe quien soy y conoce mi militancia desde mi adolescencia, cuando estaba
prohibido expresar el nombre de Perón y Evita y ser Justicialista implicaba la
persecución o el destierro. Ninguno de los que me acusan ahora puede esgrimir
argumento en contrario al respecto. Mi pertenencia al peronismo me viene desde
las entrañas y nadie podrá mancillar mi honor sin hacerse cargo de lo que aduce.
4)Obviamente que el párrafo
nueve no merecería comentario alguno cuando dice: “Si bien tales comportamientos
podrían encontrarse dentro de la legalidad y no ser pasibles de reproche
jurídico -lo dicho, solo aparentemente a tenor de lo dispuesto por el artículo
4 de la carta orgánica- se encuadran en la falta de ética de los
comportamientos republicanos, cuyo valor para la democracia ha sido ya
enfatizado por la Cámara Nacional Electoral (Fallo 3275/03), que supone que los
candidatos a integrar el Partido Justicialista ajusten su conducta en sentido
acorde con las expectativas de los que concurrirán a votar el próximo 27 de
marzo.” Si se utilizara la lógica, nuestro comportamiento está ajustado al
derecho y la ética y los valores morales no son sino otra cosa que criterios
subjetivos para establecer una sanción personal pero no conducen a la exclusión
de ninguna persona. Muchos ex funcionarios conocidos por todo el peronismo han
tenido condenas penales y no han sido destratados de este modo. Va de suyo que
si mi conducta no merece sanción la exclusión es una maniobra para evitar la
compulsa eleccionaria, ni más ni menos.
El resto de los argumentos contenidos en los Considerandos no merecen siquiera ser analizados puesto que van en el mismo sentido. Es decir, apadrinar al candidato de la Lista oficial impidiendo la libre competencia, leal y constructiva.
Sin
otro particular, los saluda atte.
Omar Eduardo LOPEZ
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